ADA significa la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y "prohíbe la discriminación contra las personas con discapacidades en varias áreas, incluido el empleo, el transporte, las instalaciones públicas, las comunicaciones y el acceso a los programas y servicios del gobierno local y estatal" (Departamento de Trabajo de EE. UU. - ADA ). Si está interesado en leer ADA en su totalidad, visite ada.gov.
ADA apoya el empleo de personas con discapacidades de las siguientes maneras (toda la siguiente información proviene directamente de US Equal Opportunity Employment Commission – ADA Facts Page):
- Prohíbe a los empleadores privados, gobiernos estatales y locales, agencias de empleo y sindicatos discriminar a personas calificadas con discapacidades en los procedimientos de solicitud de empleo, contratación, despido, ascenso, compensación, capacitación laboral y otros términos, condiciones y privilegios de empleo. ADA cubre a los empleadores con 15 o más empleados, incluidos los gobiernos estatales y locales. También se aplica a las agencias de empleo ya las organizaciones laborales ”(Comisión de Empleo para la Igualdad de Oportunidades de EE. UU. - Datos de ADA).
- Los ajustes razonables pueden incluir, pero no se limitan a: hacer que las instalaciones existentes utilizadas por los empleados sean fácilmente accesibles y utilizables por personas con discapacidades; reestructuración laboral, modificación de horarios de trabajo, reasignación a un puesto vacante; adquirir o modificar equipos o dispositivos, ajustar o modificar exámenes, materiales de capacitación o políticas, y proporcionar lectores o intérpretes calificados.
- Se requiere que un empleador haga una adaptación razonable a la discapacidad conocida de un solicitante o empleado calificado si no impondría una "dificultad excesiva" en la operación del negocio del empleador. Las adaptaciones razonables son ajustes o modificaciones proporcionados por un empleador para permitir que las personas con discapacidades disfruten de las mismas oportunidades de empleo.
- Por lo general, un empleador no tiene que proporcionar una adaptación razonable a menos que una persona con una discapacidad haya solicitado una ... Una vez que se solicita una adaptación razonable, el empleador y la persona deben discutir las necesidades de la persona e identificar la adaptación razonable adecuada. Cuando funcione más de una adaptación, el empleador puede elegir la que sea menos costosa o más fácil de proporcionar ".