IDEA significa Ley de Educación para Individuos con Discapacidades. IDEA es una serie de leyes y reglamentos federales que se aplican a las personas con discapacidades desde el nacimiento hasta los 21 años. Si desea leer la legislación de IDEA en su totalidad, visite sites.ed.gov/idea/. En esta página, destacamos los aspectos de IDEA que son particularmente relevantes para nuestra misión, pero todas las partes de la legislación son
Legislación: “Programa de educación individualizado; IEP el término 'programa de educación individualizado' o 'IEP' significa una declaración escrita para cada niño con una discapacidad que se desarrolla, revisa y revisa de acuerdo con la sección 1414 (d) de este título " (IDEA, Section 1401(14)).
En nuestras palabras: El Programa de Educación Individualizada, o IEP, es un plan que establece la instrucción, los apoyos y los servicios de educación especial que recibe un estudiante. Cuando un estudiante califica para los servicios de educación especial en base a una evaluación, un equipo del IEP se reúne para desarrollar un IEP inicial. El equipo del IEP incluye al estudiante, los padres / tutores del estudiante, un maestro de educación especial, un maestro de educación general, un administrador y cualquier proveedor de servicios relacionados (terapia del habla, terapia ocupacional, fisioterapia). Después de desarrollar el IEP inicial, el equipo del IEP se reúne al menos una vez al año para revisar y modificar el IEP.
Legislación: “Ayudas y servicios complementarios: el término 'ayudas y servicios complementarios' significa ayudas, servicios y otros apoyos que se brindan en clases de educación regular u otros entornos relacionados con la educación para permitir que los niños con discapacidades sean educados con niños sin discapacidades en la mayor medida posible apropiado de acuerdo con la sección 1412 (a) (5) de este título " (IDEA, Section 1401(33)).
En nuestras palabras: Las ayudas y los servicios complementarios son ayudas, servicios y apoyos que el estudiante necesita para tener éxito. Estos son desarrollados por el equipo del IEP y pueden incluir adaptaciones y modificaciones al plan de estudios o cómo se mide el progreso, servicios directos, equipo especializado, alteraciones en el entorno educativo, materiales y capacitación específica para el personal que trabaja con el niño.
Legislación: “El término“ servicios de transición ”significa un conjunto coordinado de actividades para un niño con una discapacidad que:(A) está diseñado para estar dentro de un proceso orientado a resultados, que se centra en mejorar el rendimiento académico y funcional del niño con una discapacidad para facilitar el movimiento del niño de la escuela a las actividades posteriores a la escuela, incluida la educación postsecundaria, la educación vocacional, integrada empleo (incluido el empleo con apoyo), educación continua y para adultos, servicios para adultos, vida independiente o participación comunitaria; (B) se basa en las necesidades individuales del niño, teniendo en cuenta las fortalezas, preferencias e intereses del niño; y (C) incluye instrucción, servicios relacionados, experiencias comunitarias, el desarrollo del empleo y otros objetivos de la vida adulta después de la escuela y, cuando sea apropiado, la adquisición de habilidades para la vida diaria y evaluación vocacional funcional ” (IDEA, Section 1401(34)).
En nuestras palabras: La planificación de la transición está diseñada para preparar a los estudiantes con discapacidades con las habilidades que necesitan para hacer una transición exitosa del mundo escolar a la edad adulta y toma en cuenta los intereses, fortalezas, sueños y necesidades personales del estudiante. Hay cinco áreas de planificación de transición exigidas por el gobierno federal: vida independiente, recreación y esparcimiento, empleo, participación comunitaria y educación postsecundaria. Como parte del Plan de educación individualizado (IEP) del estudiante, la planificación de la transición formal comienza cuando el estudiante alcanza el noveno grado o la edad de 14 años. Sin embargo, la planificación puede comenzar antes.
Legislación: “Uso permisivo de fondos (A) Usos Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo (2) (A) o la sección 1412 (a) (17) (B) de este título (en relación con los fondos combinados), los fondos proporcionados a la agencia educativa local bajo este subcapítulo se pueden utilizar para las siguientes actividades: (i) Servicios y ayudas que también benefician a niños sin discapacidades. Para los costos de educación especial y servicios relacionados, y ayudas y servicios suplementarios, proporcionados en una clase regular u otro entorno relacionado con la educación a un niño con una discapacidad de acuerdo con el programa de educación individualizado del niño, incluso si 1 o más personas sin discapacidad los niños se benefician de estos servicios " (IDEA, Section 1413 (a)(4)(A)(i)).
En nuestras palabras: Está bien (y es asombroso) que los fondos de educación especial tengan un impacto positivo en las personas con y sin discapacidades cuando una escuela implementa apoyos específicos para los estudiantes en un aula de educación general.
Legislación: "Una educación pública gratuita y apropiada está disponible para todos los niños con discapacidades que residen en el estado entre las edades de 3 y 21 años, inclusive, incluidos los niños con discapacidades que han sido suspendidos o expulsados de la escuela" (IDEA, Section 1412(a)(1)(A)).
En nuestras palabras: Una Educación Pública Apropiada y Gratuita (FAPE) ordena a los distritos escolares que brinden a los estudiantes una educación que incluya servicios especiales, servicios relacionados y acceso a la educación general. Estos servicios no tienen costo para la familia del estudiante y preparan al estudiante para la educación continua, el empleo y la vida independiente.
Legislación: “Entorno menos restrictivo: (A) En general, en la medida de lo posible, los niños con discapacidades, incluidos los niños en instituciones públicas o privadas u otras instalaciones de cuidado, son educados con niños que no están discapacitados y clases especiales, educación separada u otro tipo de separación de los niños con discapacidades del programa regular. El entorno educativo ocurre solo cuando la naturaleza o gravedad de la discapacidad de un niño es tal que la educación en clases regulares con el uso de ayudas y servicios complementarios no se puede lograr satisfactoriamente " (IDEA, Section 1412(a)(5)(A)).
En nuestras palabras: El entorno menos restrictivo, o LRE, garantiza que los estudiantes con discapacidades sean incluidos en el aula de educación general con sus compañeros sin discapacidades tanto como sea posible. También tiene como objetivo que un estudiante con una discapacidad participe en actividades que ocurren durante el día escolar, incluyendo: almuerzo, merienda, tiempo para pasar y actividades extracurriculares. El LRE es exclusivo del estudiante y lo determina el equipo del IEP. Cuando el estudiante no está recibiendo instrucción en el salón de clases de educación general con sus compañeros, el LRE debe indicar por qué esta ubicación es apropiada. Por ejemplo, un estudiante puede recibir instrucción especializada en matemáticas y lectura, pero participar con sus compañeros sin discapacidades en ciencias, estudios sociales, gimnasia y música.